Se publica la convocatoria para cubrir dos plazas de socorrista
El pasado 17 de mayo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel la
convocatoria por parte del Ayuntamiento de Manzanera de dos plazas de socorrista para este verano. El plazo para presentar las solicitudes es de 20 días a partir de su publicación.
Compartimos las bases de la oferta para quien pueda estar interesado:
Por Resolución de Alcaldía nº 2022-0146 de fecha 11 de Mayo de 2022 se aprobó la contratación de dos plazas de socorristas, en régimen laboral temporal, por el sistema de concurso de méritos.
En la sede electrónica [http://manzanera.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión] aparecen íntegramente publicadas las bases que han de regir la convocatoria para la contratación de la plaza.
“BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN
PRIMERO. Objeto de la Convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso de méritos, de dos plazas de Socorrista acuático de Piscinas Municipales para la temporada de verano 2.022, mediante contratación laboral de carácter temporal.
El sistema selectivo es el concurso de méritos.
Asimismo, se establece la creación de una bolsa de trabajo de socorristas para cubrir situaciones eventuales tales como enfermedad, vacaciones u otras situaciones análogas
Las funciones del puesto de operario de servicios múltiples son las siguientes:
-Control de la instalación
-Control de la depuradora
-Vigilar las piscinas, vigilar y prohibir en su caso, el baño de menores no acompañados, sin no saben nadar; revisión del estado de las playas y duchas; limpieza de la superficie del auga y del fono de los vasos; controlar que los bañistas cumplan las medidas de higiene y seguridad.
-Control analítico del agua de los vasos de baño y chapoteo.
-Ejecución del protocolo de autocontrol de las piscinas
-Botiquín: revisar y limpiar las dependencias del botiquín; mantener en todo momento el botiquín con los medicamentos adecuados
-Rescates en el agua
-Aplicación de primeros auxilios
- Cualesquiera otras que les pudiera corresponder de acuerdo con el trabajo desempeñado
- Todas aquellas funciones que la Alcaldía decidiera atribuirles como consecuencia de la pandemia COVID-19
SEGUNDO. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Estar en posesión del Título de Socorrista Acuático expedido por la Federación de Salvamento y Socorrismo, Cruz Roja Española o Centro debidamente autorizado y homologado por la Administración correspondiente, con reciclaje y licencia en vigor (Decreto 216/1999), o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes
TERCERO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes proceso de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI
b) Fotocopia del título de socorrista acuático
c) Fotocopia de la licencia federativa en vigor.
d) Declaración jurada de no padecer defecto físico o enfermedad que impida el normal ejercicio de las correspondientes funciones.
e) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante el correspondiente expediente, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://manzanera.sedelectronica.es] y, en su en el Tablón de Anuncios.
La no presentación de la instancia en tiempo y forma determinada en los apartados anteriores supondrá causa de exclusión del aspirante.
CUARTO. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de máximo un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://manzanera.sedelectronica.es] y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión], en el caso de que fuera necesario se concederá plazo para subsanación solicitudes de cinco días.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://manzanera.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión]. Igualmente se publicará la fecha en la que efectuará la baremación de méritos. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse la valoración de méritos.
QUINTO. Tribunal Calificador El Tribunal, que será nombrado por el Alcalde-Presidente, estará constituido por un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como Secretario, todos ellos pertenecientes a la Administración Pública.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
SEXTO. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso
El procedimiento de selección es el de concurso de méritos, que consiste en valorar, de acuerdo con el siguiente baremo, determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de experiencia, relacionados con las características de la plaza que se cubre.
Se valorarán los méritos alegados por el siguiente orden:
a) Por titulación: además de los requisitos exigidos en el punto 4 de las presentes bases, por cursos realizados en relación con el puesto de Socorrista, 0,25 puntos hasta un máximo de 5 puntos.
b) Por ciclo formativo de Grado Superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas: 2 puntos; Por Magisterio en Educación Física: 3 puntos y por Título de INEF: 5 puntos.
c) Por experiencia: por cada mes en puesto idéntico o similar al servicio de entidades públicas o privadas 1 punto hasta un máximo de 6 puntos.
La puntuación total de cada aspirante se obtendrá sumando la puntuación de los méritos de los distintos apartados señalados
En caso de empate entre dos candidatos por la máxima puntuación se resolverá a favor del candidato que hubiera obtenido la mayor puntuación en el apartado de Experiencia Laboral. De persistir el empate, se dirimirá por la mayor puntuación obtenida según el orden en el apartado de de titulación. En otro tipo de empate o cuando los supuestos anteriores no fuesen resueltos podrán ser convocados para la realización de las pruebas que acuerde dicho tribunal.
SEPTIMO. Calificación. Relación de Aprobados,
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
OCTAVA. Constitución de bolsa de empleo
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
NOVENA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.”
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://manzanera.sedelectronica.es] [y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión].
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE EN FECHA INDICADA AL MARGEN
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